La fortuna de dinero que paga el SIS a familiares de personas fallecidas
El Sistema Integral de Salud (SIS) de Perú brinda acceso gratuito o subsidiado a servicios de salud para personas que no cuentan con un seguro médico privado o con cobertura de EsSalud. Estar afiliado al programa trae un amplio abanico de beneficios. De hecho, se supo que paga una buena suma de dinero a familiares de personas fallecidas.
El SIS busca que los afiliados en condiciones de vulnerabilidad reciban respaldo financiero en situaciones críticas, como el fallecimiento de un ser querido y así costear los gastos de sepelio y poder cubrir necesidades básicas al menos por unas semanas.
¿Cómo acceder al bono de sepelio que otorga el SIS?
Este bono económico cubre gastos esenciales, con montos específicos asignados a diferentes grupos según su situación particular. Los montos establecidos son:
S/1.000: para recién nacidos o natimuertos de más de 28 semanas de gestación.
S/1.000: para menores de 12 años.
S/1.000: para asegurados de 12 años o más.
Según lo que informa el SIS, este bono tiene como finalidad cubrir los gastos vinculados al sepelio, tales como traslado, nicho y mortaja. Aunque, para acceder a este beneficio, la persona fallecida debe estar afiliado al Sistema Integral de Salud de Perú.
Para comprobar la afiliación, el familiar deberá:
- Ingresar al portal oficial del SIS.
- Seleccionar el tipo de búsqueda: por documento o datos personales.
- Completar la información requerida y verificar el estado de afiliación.
¿Cómo cobrar el bono por sepelio que otorga el SIS?
Para solicitar el beneficio, los familiares del afiliado deben contar con la documentación necesaria:
- DNI o Carné de Extranjería del solicitante.
- Acta de defunción del afiliado, emitida por Reniec.
- Comprobantes de pago de servicios funerarios a nombre del solicitante.
Si tienes toda la documentación, el procedimiento para cobrar el bono es el siguiente:
- Presentarse en el establecimiento de salud donde ocurrió el fallecimiento o en el más cercano.
- Completar la solicitud del beneficio en forma física o digital, según corresponda.
- Realizar el trámite en un plazo máximo de 12 meses tras el fallecimiento del afiliado.
- El SIS verifica que el afiliado haya estado activo al momento de su fallecimiento para autorizar la entrega del beneficio. Si todo está en regla, en poco tiempo recibes el dinero.